LEGISLACION AMBIENTAL

DECRETO - LEY Nº 4.597/81 - Suelos
(Adhesión 22.428)


Art. 1: Adhiérese la Provincia de Mendoza a las disposiciones de la Ley Nacional 22.428 de fecha 16 de marzo de 1981, las que serán de aplicación en todo el territorio de la Provincia.

Art. 2: El Poder Ejecutivo procederá a reglamentar esta Ley y a designar el organismo de aplicación al término de sesenta (60) días.

Art. 3: Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.